El Convenio sobre el trabajo forzoso, fue aprobado en Ginebra el 28 de junio de 1930 y entró en vigor el 1 de mayo de 1932. Este convenio fundamental prohíbe todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio. En dicho instrumento se define al trabajo forzoso como «todo trabajo o servicio exigido a un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el cual dicho individuo no se ofrece voluntariamente».